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Legal

Política Antiblanqueo y Contra la Financiación del Terrorismo

Fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2026Última actualización: April 15, 2026

Gixodia ha adoptado esta Política Antiblanqueo de Capitales y Contra la Financiación del Terrorismo ("AML/CTF") como mejor práctica y responsabilidad corporativa. Aunque Gixodia es una empresa de software y no es una entidad financiera, transmisor de dinero, bróker, custodio o proveedor de servicios de pago, nos comprometemos a que nuestros productos y servicios no sean utilizados indebidamente para blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, evasión de sanciones, fraude u otra forma de delito financiero. Esta política describe los controles que aplicamos voluntariamente. Gixodia es una empresa de software. No somos un bróker, fondo, custodio ni asesor financiero.

Gixodia es una empresa de software. Vendemos licencias de software de bots de trading — no somos un bróker, custodio, fondo, asesor financiero ni gestor de inversiones. No retenemos fondos de clientes, no damos asesoramiento financiero y no garantizamos beneficios. Todo el trading se realiza por el cliente en su propia cuenta de bróker, y el 100% de los resultados (positivos o negativos) pertenecen al cliente.

1. Objeto y ámbito

Esta Política establece el compromiso de Gixodia de prevenir el blanqueo de capitales (BC), la financiación del terrorismo (FT), la financiación de la proliferación (FP), la evasión de sanciones y el delito financiero relacionado. Se aplica a:

  • Todos los empleados, contratistas, directivos y consejeros de Gixodia.
  • Todos los clientes, prospectos, socios, afiliados y revendedores.
  • Todos los productos y servicios ofrecidos bajo la marca Gixodia, incluidos GIX-GOLD, GIX-EURO y cualquier producto futuro.
  • Todos los sitios web, formularios web y canales de comunicación operados por Gixodia.

La Política se revisa al menos anualmente y se actualiza según sea necesario para reflejar cambios en la ley, la regulación, la orientación o nuestro perfil de riesgo.

2. Nuestro estatus regulatorio

Gixodia es un licenciante de software. Diseñamos, desarrollamos y licenciamos software de trading algorítmico. No:

  • Conservamos, recibimos, transmitimos ni intercambiamos fondos de clientes.
  • Conservamos criptomonedas, tokens u otros activos digitales de clientes.
  • Operamos un centro de negociación, bolsa, broker-dealer, negocio de servicios monetarios o entidad de pago.
  • Prestamos asesoramiento de inversión, gestión de carteras o servicios fiduciarios.
  • Aceptamos depósitos ni emitimos instrumentos financieros.

Por ello, Gixodia no es una "entidad financiera" según la U.S. Bank Secrecy Act (BSA), las normas FinCEN (31 CFR Capítulo X), ni las Directivas Antiblanqueo de la UE (AMLD4, AMLD5, AMLD6, y el Paquete AML 2024 incluyendo el Reglamento (UE) 2024/1624 y la Directiva (UE) 2024/1640). No estamos registrados como Money Services Business (MSB), Virtual Asset Service Provider (VASP) ni Crypto Asset Service Provider (CASP), y no se exige tal registro.

3. Por qué publicamos esta Política

Aunque no estamos legalmente obligados a mantener un programa AML, optamos por hacerlo porque:

  • Confianza del cliente. Nuestros clientes operan en los mercados financieros y esperan que las herramientas que utilizan estén construidas por empresas responsables.
  • Alineación con mejores prácticas. Las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) fomentan un enfoque basado en el riesgo en toda la cadena de valor de servicios financieros, incluidos los proveedores tecnológicos.
  • Reputación e integridad. Nos negamos a ser un vector, ni siquiera indirecto, de actividades delictivas.
  • Relaciones con brókeres. Muchos brókeres con los que operan nuestros clientes están regulados y esperan que sus proveedores tecnológicos apliquen estándares comparables.
  • Visión de futuro. La regulación de los proveedores de software fintech evoluciona y preferimos operar por encima del mínimo actual.

4. Principios rectores

Nuestro programa AML/CTF se basa en los siguientes principios, extraídos de las Recomendaciones GAFI (2012, según actualizadas) y mejores prácticas internacionales:

  • Enfoque basado en el riesgo. Los controles son proporcionales a los riesgos de BC/FT que identificamos.
  • Dependencia del KYC del bróker. Nos basamos en los brókeres regulados que utilizan nuestros clientes para realizar el KYC/CDD completo.
  • Tolerancia cero a violaciones de sanciones. No haremos negocios con ninguna persona o entidad en una lista prohibida.
  • Cooperación con autoridades. Cuando legalmente esté permitido, cooperamos con las solicitudes de autoridades.
  • Monitorización continua. Nuestros controles no son "estáticos"; los revisamos continuamente.

5. Clientes prohibidos

Gixodia no licenciará conscientemente su software a, ni hará negocios con:

  • Personas o entidades en la lista SDN de la OFAC del Tesoro de EE.UU. o cualquier otra lista de sanciones OFAC.
  • Personas o entidades en la Lista Consolidada de Sanciones de la UE.
  • Personas o entidades en la Lista Consolidada del Consejo de Seguridad de la ONU.
  • Personas o entidades en la Lista Consolidada de HM Treasury OFSI del Reino Unido.
  • Personas o entidades en listas nacionales de sanciones aplicables (Canadá, Suiza, Japón, Australia, etc.).
  • Personas residentes habitualmente en, o entidades constituidas bajo las leyes de, jurisdicciones sujetas a embargos integrales de EE.UU., UE, Reino Unido o ONU, incluyendo actualmente (sin limitación) Irán, Corea del Norte (RPDC), Siria, Cuba, Crimea, las llamadas Repúblicas Populares de Donetsk y Lugansk de Ucrania, y cualquier otra jurisdicción añadida a listas de embargo integral.
  • Personas residentes en, o entidades constituidas bajo las leyes de, "Jurisdicciones de Alto Riesgo sujetas a una Llamada a la Acción" del GAFI (lista negra).
  • Personas Expuestas Políticamente (PEP), sus familiares o asociados cercanos, salvo que hayan sido autorizados mediante diligencia debida reforzada.
  • Cualquier persona o entidad sobre la que tengamos motivos razonables para creer que está implicada, o ha facilitado, blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, financiación de la proliferación, fraude u otro delito financiero.

6. Actividades prohibidas

Los clientes tienen prohibido usar el software Gixodia para:

  • Blanquear productos del delito u ocultar el origen de fondos.
  • Financiar terrorismo o la proliferación de armas de destrucción masiva.
  • Evadir sanciones económicas.
  • Cometer abuso de mercado, incluyendo uso de información privilegiada, manipulación de mercado, spoofing, layering o wash trading.
  • Eludir los controles AML/KYC de cualquier bróker, bolsa o entidad financiera.
  • Operar una "cuenta agrupada" o esquema de cuentas gestionadas para terceros sin la autorización regulatoria apropiada.
  • Ejecutar nuestro software en cuentas que pertenezcan a personas distintas del usuario licenciado, sin la autoridad de dicho usuario y el cumplimiento de la ley aplicable.

La violación de esta sección constituye incumplimiento material de nuestros Términos y EULA y dará lugar a la terminación inmediata de la licencia.

7. Diligencia Debida del Cliente (CDD) que realizamos

Dado que Gixodia no maneja fondos de clientes, aplicamos una diligencia debida ligera adaptada a nuestro perfil de riesgo. Nuestros controles incluyen:

  • Verificación de correo electrónico — todo cliente debe verificar un correo funcional antes de recibir una clave de licencia.
  • Geo-IP screening — el acceso desde direcciones IP asociadas a jurisdicciones con sanciones integrales se bloquea en el edge (Cloudflare).
  • Sanctions screening — los nombres de facturación y dominios se comprueban contra las listas consolidadas OFAC, UE, ONU y Reino Unido en el momento de la compra y de forma recurrente.
  • Dependencia del proveedor de pago — todos los pagos son procesados por procesadores regulados AML y PCI-DSS que realizan su propio KYC sobre los titulares.
  • Dependencia del KYC del bróker — nuestro software se ejecuta en la cuenta del cliente con su propio bróker. El bróker, como entidad financiera regulada, es responsable del KYC/CDD completo sobre sus clientes.
  • Vetting de afiliados — los afiliados y revendedores deben aceptar nuestros Términos y son comprobados como los clientes, con controles reforzados cuando los volúmenes o comisiones superan umbrales acordados.
  • Indagaciones comerciales razonables — para pedidos inusualmente grandes o estructurados, podemos solicitar información adicional antes de aprobar una licencia.

No recopilamos documentos de identidad oficiales, facturas de servicios u otros documentos KYC, porque hacerlo no es necesario ni proporcionado a nuestro perfil de riesgo y generaría un impacto injustificado en la privacidad.

8. Señales de alerta que monitorizamos

Nuestro equipo está formado para reconocer y escalar los siguientes indicadores potenciales de delito financiero:

  • Intentos de compra desde jurisdicciones sancionadas o con nombres sancionados.
  • Patrones de pedido inusuales incompatibles con uso minorista individual (por ejemplo, pedidos masivos sin justificación comercial).
  • Métodos de pago asociados a mayor riesgo BC, o devoluciones de cargo repetidas.
  • Solicitudes de enrutar licencias o comunicaciones a través de terceros en jurisdicciones de alto riesgo.
  • Clientes que proporcionan información inconsistente, falsa u obviamente evasiva.
  • Solicitudes de desactivar el registro, funciones de cumplimiento o bloqueos de sanciones.
  • Presión para completar una transacción más rápido que lo normal o fuera de canales normales.
  • Ofertas de pago en formas inusuales o desde cuentas de terceros no relacionados.
  • Cualquier referencia a ocultar la identidad del verdadero titular real.

Cualquier empleado que encuentre una señal de alerta debe escalar inmediatamente al Contacto de Cumplimiento (Sección 12) y no debe alertar al sujeto de la preocupación ("tipping off").

9. Reporte de actividad sospechosa

Dado que Gixodia no es una entidad financiera regulada, no estamos generalmente sujetos a obligaciones de presentación de informes de actividad sospechosa (SAR/STR). No obstante:

  • Presentaremos un informe voluntario ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) apropiada — FinCEN, NCA (UKFIU) o la UIF de la UE correspondiente — cuando tengamos una creencia de buena fe de que hacerlo es legal y apropiado.
  • Responderemos a todo proceso legal válido (citaciones, órdenes judiciales, solicitudes MLA) conforme a la ley aplicable.
  • No alertaremos ("tip off") a ninguna persona que sea objeto de una revisión de actividad sospechosa.
  • Los empleados están protegidos frente a represalias por reportar preocupaciones de buena fe.

10. Conservación de registros

Conservamos los registros relevantes para esta Política durante un mínimo de cinco (5) años tras el fin de la relación comercial o la fecha de la transacción, lo que sea posterior, conforme a la Recomendación 11 del GAFI. Los registros pueden incluir:

  • Registros de cuentas y licencias de clientes.
  • Registros de facturación.
  • Resultados de sanctions screening y evidencias de clearance.
  • Escaladas de señales de alerta e investigaciones internas.
  • Correspondencia con clientes sobre asuntos de cumplimiento.
  • Registros de formación.

Los registros se almacenan de forma segura, con control de acceso, y se eliminan conforme a nuestra Política de Privacidad una vez finalizado el período de conservación, salvo que obligaciones legales requieran una conservación más prolongada.

11. Formación de empleados

Todos los empleados de Gixodia y los contratistas relevantes reciben formación en concienciación AML/CTF:

  • En el onboarding.
  • Al menos anualmente.
  • Siempre que se produzcan cambios materiales en esta Política, la ley aplicable o nuestro perfil de riesgo.

La formación cubre los fundamentos del BC y FT, las señales de alerta de la Sección 8, cómo escalar preocupaciones, el deber de no alertar y las protecciones disponibles para denunciantes.

12. Contacto de Cumplimiento designado

Gixodia ha designado un Contacto de Cumplimiento responsable de:

  • Mantener y actualizar esta Política.
  • Supervisar el sanctions screening.
  • Recibir las escaladas internas de señales de alerta y actividad sospechosa.
  • Ser el punto de contacto para consultas de autoridades y reguladores.
  • Coordinar la formación de empleados.

Email del Contacto de Cumplimiento: support@gixodia.com (asunto: "AML/Cumplimiento — [tema]")

13. Herramientas y proceso de sanctions screening

Nos basamos en una combinación de:

  • Listas consolidadas de sanciones mantenidas y actualizadas regularmente (OFAC SDN, UE, ONU, UK OFSI).
  • Screening automatizado en el momento del envío del pedido y del onboarding de afiliados.
  • Re-screening periódico de registros de clientes activos.
  • Revisión manual para coincidencias ambiguas, con decisiones documentadas de clear-or-block.

Los falsos positivos se resuelven a favor del bloqueo hasta que la identidad se aclare satisfactoriamente.

14. Relación con el KYC/AML del bróker

Nuestros clientes siempre abren y financian sus propias cuentas con brókeres independientes y regulados. Estos brókeres aplican sus propias obligaciones KYC/CDD/AML bajo las leyes de su jurisdicción (por ejemplo, MiFID II, EMIR, reglas de la FCA, ASIC, CFTC/NFA, FINRA, MAS). Gixodia se basa en esta diligencia a nivel del bróker como primera línea de defensa contra el uso ilícito de los mercados financieros, coherente con un enfoque basado en el riesgo que sitúa la responsabilidad AML en el punto donde los fondos del cliente entran efectivamente en el sistema financiero.

15. Revisión anual y actualizaciones

Esta Política es revisada por el Contacto de Cumplimiento al menos una vez cada 12 meses, y siempre que:

  • Cambien materialmente las leyes o reglamentos aplicables.
  • Cambie materialmente nuestro producto, servicio o base de clientes.
  • Un incidente o cuasi-incidente sugiera que los controles deben reforzarse.
  • Un regulador, auditor o cliente significativo solicite una revisión.

La próxima revisión programada será antes del 15 de abril de 2027.

16. Sin asesoramiento legal; sin servicio regulado

Esta Política se publica por transparencia. No constituye asesoramiento legal, fiscal o de inversión, no crea ningún deber contractual o fiduciario más allá del expresamente establecido en nuestros Términos y EULA, y no representa que Gixodia sea una entidad financiera regulada.

17. Contacto

Las preguntas, reportes o solicitudes de autoridades relativas a esta Política deben dirigirse a:

Email: support@gixodia.com Asunto: AML/CTF — [tema]

Historial de versiones

  • v1.0 — 2026-04-15 — Publicación inicial. Programa AML/CTF voluntario alineado con las Recomendaciones del GAFI y las mejores prácticas.